TÉRMINOS Y CONDICIONES

TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE INSTALACIÓN – JOVITEL SL

1. Objeto del Contrato.

Las presentes Condiciones Generales regulan la prestación de servicios de instalación, puesta en marcha y mantenimiento de puntos de recarga para vehículos eléctricos por parte de JOVITEL SL (en adelante, «la Empresa») a favor del cliente (en adelante, «el Cliente»).

2. Presupuestos, Validez y Modificaciones

  • Validez: Los presupuestos emitidos por la Empresa tendrán una validez de 30 días naturales desde su fecha de emisión.
  • Aceptación: El contrato se entenderá perfeccionado en el momento en que el Cliente acepte el presupuesto por escrito (incluyendo medios electrónicos) y, en su caso, abone el anticipo estipulado.
  • Alcance del Precio y Trabajos Adicionales: El precio estipulado en el presupuesto se basa exclusivamente en la información técnica y las mediciones iniciales facilitadas por el Cliente o recogidas en la inspección previa. No se incluyen en el precio inicial aquellos trabajos adicionales solicitados por el Cliente durante la ejecución de la instalación, ni aquellos otros no detallados expresamente en el presupuesto aceptado.
  • Variaciones Técnicas y Vicios Ocultos: Si durante la ejecución de los trabajos se detectara la necesidad de realizar modificaciones sobre el diseño original, ajustes en las mediciones por causas técnicas justificadas, o aparecieran vicios ocultos en la infraestructura del Cliente que impidan la correcta ejecución, la Empresa notificará de inmediato al Cliente el incremento del coste necesario.
  • Variaciones en la Medición y Trabajos Adicionales: El precio final de la instalación se ajustará a las mediciones reales ejecutadas. Si durante la ejecución de los trabajos se constatara que la distancia de cableado o canalización excede la prevista en el presupuesto inicial (por ejemplo, por cambios en el trazado solicitados por el cliente o por imposibilidad técnica del trazado original), se procederá de la siguiente forma:
  1. Precios Unitarios: El Cliente acepta que cualquier exceso de metros sobre el presupuesto inicial se facturará conforme al precio por metro lineal detallado en el presupuesto original o, en su defecto, en la tarifa vigente de la Empresa anexa al contrato.
  2. Validación in situ: Antes de proceder a la instalación del exceso de material, el personal técnico informará al Cliente del incremento estimado. La firma del parte de trabajo por parte del Cliente, donde se especifiquen las mediciones finales reales, tendrá la consideración de aceptación expresa de la modificación del presupuesto y del incremento del precio resultante de aplicar los precios unitarios pactados.
  3. Presupuesto Complementario por Trabajos Especiales: Si la modificación no fuera meramente métrica, sino que implicara trabajos adicionales no previstos (obra civil, refuerzos de cuadro, etc.), la Empresa emitirá un presupuesto complementario. El Cliente deberá aceptar expresamente dicho importe para la continuación de los trabajos. En caso de no aceptación, se aplicará lo dispuesto en la cláusula nº 10 de viabilidad técnica.

3. Ejecución de la Instalación y Plazos

  • Normativa aplicable: Todas las instalaciones se realizarán en estricto cumplimiento del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT), con especial atención a la instrucción ITC-BT-52.
  • Plazos de Ejecución: La Empresa se compromete a iniciar y finalizar los trabajos en los plazos acordados. No obstante, dichos plazos podrán verse alterados por causas de fuerza mayor, falta de suministro de materiales o retrasos imputables al Cliente. Si el retraso fuera superior a 14 días por causas no imputables al Cliente, este tendrá derecho a resolver el contrato sin penalización.
  • Certificación (CIE): A la finalización de los trabajos, la Empresa emitirá el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE). La entrega efectiva de dicho documento quedará vinculada al abono total del precio pactado, de conformidad con el Artículo 21 del TRLGCU.

4. Obligaciones del Cliente

  • Accesibilidad: El Cliente garantizará el acceso libre y seguro a las zonas de instalación.
  • Permisos y Licencias: Es responsabilidad del Cliente obtener los permisos previos. En garajes comunitarios, el Cliente asume la responsabilidad de realizar la comunicación previa a la Comunidad de Propietarios según el Artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal.
  • Suministro Eléctrico: El Cliente debe asegurar que la potencia contratada es adecuada.

5. Precios y Forma de Pago

  • Forma de pago: Salvo acuerdo en contrario, se abonará el 50% a la aceptación del presupuesto y el 50% restante a la finalización de la instalación y previo a la entrega del CIE.
  • Retrasos: El retraso en el pago podrá generar intereses de demora según la legislación vigente.

6. Garantías y Responsabilidades

  • Responsabilidad de la Empresa: De conformidad con el Artículo 114 y siguientes del TRLGCU, la Empresa responde por cualquier falta de conformidad.
  • Garantía: Los equipos y la instalación cuentan con una garantía legal de 3 años.
  • Exclusiones: Quedan excluidas las averías por mal uso, manipulación por terceros, subidas de tensión externas o fuerza mayor.

7. Derecho de Desistimiento y Cancelaciones

  • Derecho de Desistimiento: Si el Cliente es consumidor y el contrato se celebra a distancia, dispone de 14 días naturales para desistir, según el Artículo 102 del TRLGCU.
  • Excepción: El derecho se pierde una vez el servicio haya sido completamente ejecutado con el consentimiento expreso del Cliente.
  • Gastos por cancelación: En caso de cancelación tras la compra de materiales personalizados, la Empresa retendrá los gastos ya incurridos y justificados.

8. Protección de Datos (RGPD y LOPDGDD)

Los datos personales serán tratados para gestionar la prestación del servicio, facturación y mantenimiento. El Cliente puede ejercer sus derechos dirigiéndose al correo electrónico de la Empresa: info@jovitel.com.

9. Subvenciones y Ayudas Públicas

La obligación de pago es independiente de la concesión de subvenciones. La Empresa no asume responsabilidad sobre la resolución de dichas ayudas.

10. Cláusula de Viabilidad Técnica

La Empresa se reserva el derecho de resolver el contrato sin penalización si se detectara una inviabilidad técnica sobrevenida. Se reintegrarán las cantidades abonadas, deduciendo gastos de gestión efectivamente realizados.

11. Ley Aplicable y Jurisdicción

El contrato se rige por la legislación española. Para consumidores, los Juzgados del domicilio del Cliente (Artículo 90.2 del TRLGCU). Para no consumidores, los Juzgados de Málaga.